El Gobierno Nacional reglamentó la ley de recetas electrónicas. Desde mañana ya no serán válidas las foto recetas, enviadas a través de WhatsApp o por mail, y solo se podrá adquirir medicación en farmacias o droguerías a través de la orden médica en papel o con la receta electrónica, un archivo que confecciona el médico a través de una plataforma digital, con firma electrónica certificada y una identificación única mediante código de barras o código QR.
Según informo a TsnNecochea el farmacéutico local, Martín Zumárraga, todavía no hay ningún comunicado oficial, pero aclaró que la nueva disposición se irá aplicando de manera paulatina.
No obstante, remarcó que hoy es el último día en que se reciben imágenes de recetas para tratamientos crónicos, es decir que, en estos casos, sólo se aceptará papel o receta electrónica con firma del médico, digital certificada.
“Esto Pami ya lo implementa desde la pandemia” señaló Zumarraga.
De acuerdo al decreto, las recetas electrónicas o digitales deberán ser únicas (tener un identificador único que vincula profesional, medicamento y paciente), inalterables y seguras. Los datos deben ser confidenciales y los sistemas progresivamente interoperables (para poder intercambiar información con fines sanitarios). Asimismo, su contenido deberá ser acorde con lo determinado por las leyes de ejercicio profesional y la de prescripción por nombre genérico para los medicamentos.
Las recetas electrónicas deben contener la siguiente información: nombre, apellido, profesión, número de matrícula, domicilio, número telefónico y correo electrónico cuando corresponda. Las recetas electrónicas o digitales deben tener un identificador y establecer una fecha de inicio de vigencia igual o posterior a la fecha de confección de la receta electrónica o digital.