La granola en cuestión incumplía la normativa vigente. Qué dice la resolución de Anmat publicada este jueves en el Boletín Oficial.
A través de la disposición 3015/2022 publicada este jueves en el Boletín Oficial, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la elaboración, el fraccionamiento y la comercialización de cuatro variedades de barras de granola.
Los artículos en cuestión son de la marca Nutrinola y se encuentran rotulados de la siguiente manera:
Según reza la norma, los alimentos carecían de registros sanitarios de producto y establecimiento, “resultando ser productos falsamente rotulados y, en consecuencia, ilegales”.
Además, el primero de ellos contenía maca, un ingrediente que no se encuentra contemplado en el Código Alimentario Argentino (CAA). “Todos los alimentos, condimentos, bebidas o sus materias primas y los aditivos alimentarios que se elaboren, fraccionen, conserven, transporten, expendan o expongan, deben satisfacer las exigencias del mencionado código”, explica la disposición.
“Por tratarse de productos que no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado, no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el territorio de la República”, advierte Anmat. Por último, agrega que la medida se lleva a cabo “a fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales, toda vez que se trate de productos alimenticios que carecen de registro, motivo por el cual no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad”.
