La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la elaboración, el fraccionamiento y la comercialización de una marca de chocolates por incumplir la normativa vigente.
Lo hizo a través de la Disposición 9906/2022, publicada este jueves en el Boletín Oficial, al argumentar que carecía de registros sanitarios y contenía la leyenda “sin THC sin CBD” en su rótulo mientras su aspecto era el de cogollos de marihuana, lo que “puede suscitar engaño o confusión en las y los consumidores”.
El artículo en cuestión se encuentra rotulado como Choco Cryp y la flamante medida del ente regulador alcanza a todas las presentaciones, lotes y fechas de vencimiento.
“Por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, comercializado ni expendido en el territorio de la República”, reza la normativa.
“En atención a las circunstancias detalladas y a fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales, toda vez que se trate de productos alimenticios que carecen de registros, motivo por el cual no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad, el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomienda prohibir la comercialización”, agrega.
Esta misma semana, Anmat también prohibió en todo el territorio nacional la venta de un queso tipo tybo de la marca Villac que carecía de registro de establecimiento y de producto y se encontraba falsamente rotulado al exhibir en el rótulo números de RNE y de RNPA inexistentes.
La medida se hizo efectiva el último lunes a través de la Disposición 9737/2022 publicada en el Boletín Oficial.