Las tarifas de telefonía fija, Internet y televisión por cable van a experimentar aumentos de entre un 5 y un 7,5 por ciento en las facturas de marzo, dependiendo del tipo de servicio que se ofrece, tras casi un año de congelamiento de precios.
A través de la Resolución 204/2021, el Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) autorizó a los servicios de internet, televisión paga y telefonía fija a que oficialicen incrementos en las tarifas, después de que el sábado 20 de febrero permitiera una suba en la telefonía móvil de 7,5% para febrero y un 2,5% para marzo.
Los proveedores de Internet, televisión por cable y telefonía fija y móvil argumentan la necesidad de aplicar incrementos para “mantener la calidad del servicio”. En un primer momento, desde el sector privado se había anunciado que las subas serían de alrededor de un 20% en enero, pero luego las empresas que se anticiparon y aumentaron por encima del 5% tuvieron que dar marcha atrás con la medida.
En cuanto a los servicios de telefonía fija, se podrá incrementar el valor de sus precios minoristas en hasta un 5%.
Con respecto a las tarifas de Internet, se podrán aumentar según el siguiente esquema:
Planes que ofrecen hasta 50 Mbps de velocidad de bajada, con menos de con mil accesos totales: hasta un 7%.
Planes que ofrecen hasta 50 Mbps de velocidad de bajada, con cien mil accesos totales o más: hasta un 5%.
Planes que ofrecen 50 Mbps o más de velocidad de bajada: hasta un 7,5%.
Planes Corporativos: hasta un 7,5%.
Por su parte, las prestadores de abonos de televisión por cable residenciales podrán incrementar el valor de sus precios minoristas para abonos de TV residenciales en cualquiera de sus modalidades (pospaga o prepaga) y tecnologías (analógica, digital,”HD”, entre otras) según el siguiente esquema:
Planes ofrecidos por prestadores con menos de cien mil accesos totales: hasta un 7%.
Planes ofrecidos por prestadores con cien mil accesos totales o más: hasta un 5%.
Planes o paquetes de servicios digitales de señales a demanda y otros adicionales “Premium”: hasta un 7,5%.
En el caso de servicios de televisión satelital, el incremento en el abono va a ser también en cualquiera de sus modalidades y tecnologías según el siguiente esquema:
Planes con menos de 200 canales: hasta un 5%.
Planes con 200 canales o más: hasta un 7,5%.
Planes o paquetes de servicios digitales de señales a demanda y otros adicionales “Premium”: hasta un 7,5%.
La resolución precisa que los incrementos autorizados sólo podrán ser aplicados por aquellas Licenciatarias que hubiesen cumplimentado las disposiciones en las que se permitieron las anteriores actualizaciones tarifarias. Por otro lado, especifica que la presente medida no abarca ni alcanza a los precios de las Prestaciones Básicas Universales (PBU), que entró oficialmente en vigencia este viernes 1º de enero de 2021.
Entre los principales beneficiarios al plan se encuentran jubilados y pensionados, trabajadores en relación de dependencia con remuneración inferior o igual a dos salarios mínimos; beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo y por Embarazo; pensiones no contributivas; monotributo social; beneficiarios de seguro de desempleo y del Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares.