La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Dolores revocó el fallo judicial que absolvió a Eduardo Gaggero con relación al siniestro vial que terminó con la vida del joven Leonel de Azevedo. La resolución también establece que debe dictarse pena por parte del juez que intervino en el debate oral.
La decisión a la que tuvo acceso TSN Noticias fue adoptada por mayoría (votos de los camaristas Susana Miriam Darling Yaltone y Luis Felipe Defelitto, con disidencia de Fernando Sotelo), hicieron lugar al planteo de apelación presentado tanto por el fiscal Guillermo Sabatini como por el abogado Francisco Arrospide, que intervino en el juicio oral representando los intereses de la madre de la víctima.
El luctuoso episodio ocurrió en la noche del 23 de julio de 2013 en la esquina de 69 y 50, viéndose involucrados un vehículo Alfa Romeo que conducía Gaggero y una moto Brava guiada por Leonel de Azevedo.
Por el fuerte impacto el joven de 20 años sufrió traumatismo de cráneo, fractura de mandíbula y contusión pulmonar, heridas que días después le provocaron la muerte a causa de una infección generalizada cuando se encontraba internado en el Hospital Interzonal de Mar del Plata.
El juicio oral se había interrumpido ante un planteo formulado por el abogado Arrospideque consideró que hecho encuadraba en la figura de dolo eventual, superando la competencia del Juzgado Correcional. Se reanudó meses después cuando en otra instancia judicial se resolvió que debía continuar en el mismo ámbito.
El último 15 de julio el Juez Correccional Ernesto Juliano dictó un fallo que absolvió al acusado por el “beneficio de la duda”. En base a las declaraciones testimoniales de los peritos no tuvo por acreditado, y de manera terminante, que el accidente fue obra del actuar imprudente del acusado. Y añadió que la mecánica del siniestro vial tuvo como embistente a la motocicleta que conducía de Azevedo, resaltando la excesiva velocidad que desarrollaba el rodado menor.
El criterio de dos camaristas no fue el mismo. Darling Yaltone coincidió con el fiscal y el particular damnificado, puntualizando que el titular del Juzgado Correccional de Necochea “ha realizado una absurda valoración de la prueba reunida y reproducida en el debate, es un caso grave donde resulta la muerte de uno de los intervinientes”.
Cabe recordar que tiempo atrás la misma Cámara revocó un fallo similar dictado por el mismo Juez en un caso de homicidio culposo.
El Defensor Oficial que asiste a Geggero, el doctor Marcelo Ruiz, se mostró contrario con la mencionada resolución, anticipándole a este medio que presentará un recurso extraordinario de apelación ante la Suprema Corte de Justicia bonaerense.