Las direcciones de Tránsito y Control Urbano de la Municipalidad de Necochea, esta última a través de su Inspección de Comercio, comunicaron que se aplicará mayor rigurosidad en la vigilancia del despacho de combustible a los vehículos ciclomotores, motocicletas, triciclos motorizados, cuatriciclos livianos y cuatriciclos, cuando su conductor y acompañante no lleven consigo el casco reglamentario estipulado en el artículo 48 de la Ley Provincial Nº 13.927.
Recordando que para los individuos el incumplimiento de circular por la vía pública con esta protección individual debidamente homologada es considerada una falta grave, por lo que corresponde aplicar las sanciones pertinentes; en el caso de que las estaciones de servicio transgredan esta norma también se les aplicarán las penalidades correspondientes, que van desde una multa económica hasta la clausura en situaciones de reincidencia.
Vale destacar que el artículo 48 Quarter de la normativa mencionada dispone que “queda prohibido el suministro de combustible para vehículos ciclomotores, motocicletas, triciclos motorizados, cuatriciclos livianos y cuatriciclos, cuando su conductor y acompañante no lleven consigo el casco reglamentario”, agregando que las expendedoras deberán colocar en los surtidores y otros lugares visibles carteles con una leyenda que informe sobre esta reglamentación.