La Secretaría de Turismo y Producción compartió en sus redes el video tomando desde un dron de las ballenas danzando muy cerca de la costa, en su paso por nuestras playas.
“Estos cetáceos nos visitan todos los años, siendo parte de nuestras bondades naturales” indicaron desde la cartera y agregaron: “Imaginate estar caminando por la costa y presenciar su paso por la mejor playa Argentina”.
Mirá el video:
Las ballenas se han convertido en un nuevo atractivo en los inviernos necochenses cuando, desde hace algunos años, empezaron a pasar cada vez mas cerca de la orilla en su camino de migración hacia el sur para la época de apareamiento.
A tal punto que son los mismos usuarios los que preguntan si ya hay alguna excursión en barco que se pueda hacer para verlas de más cerquita.
Mientras tanto, desde la Prefectura informaron que, conforme lo dispuesto por Disposición DI-2022-124-APN-QUEQ#PNA y visto la aparición de ejemplares de Ballena Franca Austral (Eubalaena Australis) y otros cetáceos en proximidades a las zonas balnearias, y el crecimiento poblacional en el tránsito de dichos mamíferos por el frente costero del litoral marítimo, entre el Arroyo “La Tigra” y el punto formado por Lat. 38º 52’.1 S, Long. 60º10’ W, ubicado a 5,5 MN al Sur del Faro Claromecó (jurisdicción de la Prefectura Quequén), a raíz del notable crecimiento poblacional de estos cetáceos, y ante los antecedentes de colisiones con buques y embarcaciones menores ocurridos en otros ámbitos de la jurisdicción de la Prefectura Naval Argentina y otras partes del mundo, surge la conveniencia de dejar establecidas condiciones operativas para la navegación, con el objeto de minimizar situaciones riesgosas por impacto o excesivo acercamiento con ballenas y de producir afectaciones o reacciones de estos mamíferos que atenten contra su integridad o lleven a alterar sus hábitos de vida.
Por ello, indicaron, es necesario establcer para la totalidad de las embarcaciones náutico-deportivas y comerciales que naveguen en aguas del frente litoral Atlántico Bonaerense entre el Arroyo “La Tigra” y el punto formado por Lat. 38º 52’.1 S, Long. 60º10’ W, ubicado a 5,5 MN al Sur del Faro Claromecó, las siguientes medidas de seguridad ante la presencia de cetáceos:
- Ante el avistaje de cetáceos (cualesquiera fueran) deberá informar de inmediato esta Estación Marítima a través de la Estación Costera Quequén “L5B” Prefectura Naval Radio vía canales VHF del Servicio Móvil Marítimo (S.M.M.) o vía telefónica al N° 106 “Emergencias Náuticas”, informando posición y rumbo de la ballena. Mismo temperamento se adoptará cuando se constate la presencia de especímenes varados y/o con lesiones.
- Se establecen las siguientes Zonas de navegación y distancias recomendadas ante el avistaje de cetáceos: a menos de CINCUENTA (50) metros “ZONA EXCLUYENTE”; a menos de CIEN (100) metros “ZONA NO RECOMENDABLE”; a menos de DOSCIENTOS (200) metros “ZONA DE PRECAUCIÓN”; a TRESCIENTOS (300) metros “ZONA DE OBSERVACIÓN” y a CUATROCIENTOS (400) metros “ZONA SEGURA”.
- En caso de avistaje disminuir la velocidad a menos de CINCO (05) nudos o al mínimo compatible con la maniobrabilidad y mantener una distancia prudencial mínima de al menos DOSCIENTOS (200) metros; y sin detener la marcha adoptar recaudos de vigilancia, a fin de evitar colisiones y/o aproximaciones a distancias inferiores a la indicada en el Inc. c, con ejemplares de cetáceos (cualesquiera fueran), enfáticamente durante la época de mayor presencia entre los meses de mayo y diciembre de cada año.
- En caso de detectar la presencia de un espécimen a una distancia menor que la indicada, deberá: Esperar, NO acercarse por la cola; NO acercarse por la cabeza y NO cruzar por la cabeza. En caso de tener que alterar indefectiblemente el rumbo de la embarcación, disminuir la velocidad a menos de CINCO (05) nudos y cruzar el rumbo de la ballena por la cola y no por la cabeza.
- Informar de inmediato a esta Estación Marítima a través de la Estación Costera Quequén “L5B” Prefectura Naval Radio vía canales VHF del Servicio Móvil Marítimo (S.M.M.) o vía telefónica al N° 106 “Emergencias Náuticas”, en caso de colisionar con cetáceos y/o ser testigos de dicha situación.
Asimismo se prohíbe el acercamiento y/o aproximación a cetáceos de cualquier tipo durante el desarrollo de actividades de buceo, ya sea en forma deportiva o comercial, a fin de evitar accidentes y/o acaecimientos que puedan provocar lesiones a las personas o a los especímenes tratados.