Para este 2019, se ha resuelto, trasladar el feriado para el lunes 23
El 26 de septiembre, los empleados de comercio de todo el país celebran su día, conforme con la ley 26.541, sancionada el 11 de noviembre de 2009; ratificando lo establecido por el artículo 76 del Convenio Colectivo de Trabajo 130/75.
Para este 2019, se ha resuelto, trasladar el feriado para el lunes 23, con el objetivo que todos los trabajadores puedan gozar de su día de descanso.
Al establecerse el Día del Empleado de Comercio con carácter de feriado, se recuerda que este día se rige según las normas establecidas por la Ley de Contrato de Trabajo para el descanso dominical.
Esto implica que en caso de prestar servicio, el trabajador deberá cobrar la remuneración normal de los días laborables más una cantidad igual, es decir, ese día se abona doble. En caso de no trabajar, el día se liquida como una jornada habitual. Además, el lunes 23 no podrá otorgarse como franco compensatorio de descanso semanal.