La Agencia Nacional de Discapacidad dispuso que el Certificado Único de Discapacidad (CUD) se otorgue sin sujeción a plazo temporal alguna, o sea que dure toda la vida o sino manteniendo su plena vigencia y validez, mientras se mantengan los criterios certificantes.
La resolución 322/2023 de la Agencia Nacional de Discapacidad, aprueba nuevos lineamientos y condiciones que serán implementadas de manera gradual y progresiva, con el fin de poder garantizar la continuidad ininterrumpida de las tramitaciones de certificación que deban solventarse.
Las herramientas, dispositivos y acciones que se implementen de forma progresiva permitirán que las personas con discapacidad de todo el territorio mantengan actualizados sus datos de contacto y la información concerniente a las condiciones de certificación.
¿Qué es el Certificado Único de Discapacidad?
El Certificado Único de Discapacidad permite a sus beneficiarios acceder a la atención, a los recursos tanto al área de salud como otros, un tratamiento integral sin importar su condición económica, social o cultural. Las coberturas llegan al 100% e implican acceso a la salud, a la asistencia social, a la educación, a la seguridad social y a la accesibilidad en los medios físicos con los que deben confrontar tanto en la vía pública como edificios.
El CUD es un instrumento público, personal e intransferible (como si se tratase del documento de identidad), y su validez abarca a todo el territorio nacional. También provee la posibilidad del acceso gratuito al transporte público nacional tanto para el beneficiario como para el acompañante y le permite, en caso de que tenga su propia movilidad, acceder al libre tránsito y estacionamiento, así como situaciones particulares de asignaciones.
Fuera de estas personas que tienen la discapacidad irreversible o permanente, existen otra cantidad de personas con discapacidades temporales que pueden mejorar con el transcurso del tiempo. Ellos van a tener que tramitar la renovación del certificado.