Recuperó la libertad el hombre que conducía un vehículo alcoholizado, con el cual embistió a un bombero causándole la muerte en la madrugada del 1º de enero.
La excarcelación de Rubén Héctor Vasconcelo, de 45 años fue otorgada este miércoles por parte del Juez de Garantías Guillermo Llugdar, que le impuso el cumplimiento de una serie de obligaciones especiales.
Del luctuoso episodio que ocurrió alrededor de las 3,30 de la madrugada en 65 y 48 resultó víctima Esteban Ibauza, de 33 años de edad, un servidor público que cumplía funciones en el Cuartel de Bomberos Quequén.
El occiso guiaba una motocicleta Gilera cuandoal llegar al mencionado cruce de calles resultó embestida por un vehículo Toyota Corolla. El impacto hizo que el motociclista saliera despedido y al caer sobre el pavimento sufrió graves heridas que le provocaron la muerte en el lugar.
Un amigo de Ibauza circulaba en otro auto por detrásy alcanzó a escuchar el fuerte estruendo producido por la colisión, e inmediatamente después observó como el pequeño rodado se incendiaba.
El test de alcoholemia realizado a Vasoncelo arrojó como resultado 1.23 de alcohol en sangre, superando ampliamente el límite de 0.50 permitido para conducir un vehículo.
En su momento y en base a las evidencias reunidas el fiscal Walter Pierrestegui pidió la detención del hombre por el delito de homicidio agravado, por conducción de vehículo automotor bajo los efectos del alcohol, la cual fue avalada por la justicia de Garantías.
En la resolución de dicho magistrado a la que tuvo acceso TSN se señala que para este tipo de ilícitos, cuya pena prevista es de 3 a 6 años de prisión, resulta excarcelable de acuerdo a las previsiones del artículo 169, inciso 1º del Código Procesal Penal.
Asimismo, se indica que en esta instancia de la investigación no se advierten elementos que hagan presumir la existencia de peligros de fuga o entorpecimiento probatorio por parte del imputado.
La excarcelación concedida por el Juez Llugdar establece condiciones de obligaciones especiales que el acusado debe cumplir. Una de ellas es la presentación cada diez días en el mencionado Juzgado, y la restante prohíbe el consumo de todo tipo de bebidas alcohólicas mientras dure el proceso judicial, bajo apercibimiento de perder inmediatamente el beneficio concedido.