La pena de seis años de prisión, de efectivo cumplimiento, pidió la fiscalía para Fernando Beretta, conductor del vehículo que embistió a Ana María Rivero en Diagonal San Martín y Avenida 59, quién falleció días después como consecuencia de las graves heridas.
El fiscal Guillermo Sabatini dio por probado el hecho y la participación del acusado en función de las pruebas reunidas durante la etapa de investigación que se ratificaron en el juicio oral.
Sostuvo que se acreditaron los agravantes respecto a que Beretta conducía alcoholizado, basándose en el informe de la pericia alcoholimétrica realizada por Policía Científica que arrojó un resultado de 2,45 de alcohol en sangre, superando ampliamente el límite de 0,50.
Sabatini también refirió que el conductor circulaba en exceso de velocidad de acuerdo a lo expresado por algunos testigos, incluso que instantes previos había cruzado un semáforo con luz de color rojo.
Los mencionados agravantes derivaron en el pedido de la pena máxima para un homicidio culposo, añadiéndose una inhabilitación especial de diez años para la conducción de cualquier tipo de vehículo automotor.
De prosperar la solicitud, el representante del ministerio público también pretende que ni bien se dicte sentencia se haga efectiva la detención del imputado.
En otro tramo del alegato el fiscal supuso que el conductor podría haberse dado a la fuga de no haber quedado la motocicleta debajo del vehículo, posición que le impedía continuar su marcha.
La doctora Adriana Vives, quien representa legalmente a la familia de la víctima, compartió el planteo de la acusación, realizó una serie de consideración y terminó adhiriendo en todos los términos en cuanto al pedido de pena.
No obstante, los abogados Gustavo y Adolfo Raggio, defensores de Beretta, asumieron la responsabilidad de este último en el hecho, pero atacaron los agravantes por considerar que no pudieron acreditarse.
En ese sentido cuestionaron la pericia que determinó el grado de alcohol en sangre porque fue realizada sin el consentimiento del conductor. Y lo propio hicieron en relación con el exceso de velocidad, entendiendo que ni la pericia accidentológica ni mecánica pudieron establecerlo, agregando la falta de un medio o dispositivo tecnológico en el lugar que lo hubiese determinado.
Los letrados plantearon que al momento de dictar sentencia se aplique el mínimo de la pena prevista por el delito de homicidio culposo, dos años de prisión que exima a Beretta de ir a prisión.
A su vez, rechazaron la inmediata detención del imputado y consideraron que, en caso de prosperar, se le otorgue un régimen de arresto domiciliario.
Fernando Beretta pronunció unas breves palabras una vez finalizados los alegatos, oportunidad en que pidió disculpas a los familiares de la víctima, dijo sentirse arrepentido y dio cuenta de las complicaciones que lo sucedido le originó en su vida.
En la última jornada declaró el médico de Policía Científica Fabio Gabriele, quien se refirió a las heridas sufridas por Nicolás D´Annunzio, quien conducía la motocicleta en la que Ana María Rivero ocupaba la parte trasera. También lo hizo un inspector municipal de Tránsito que efectuó el test de alcoholemia positivo con 2.45.
El siniestro vial ocurrió el 6 de junio de 2020 cuando el conductor de un vehículo Volkswagen Voyage embistió el pequeño rodado que aguardaba la habilitación del semáforo en Diagonal San Martín para continuar circulando por Avenida 59.
La mujer sufrió fracturas expuestas en ambas extremidades, de húmero derecho; mandíbula y traumatismo de cráneo. Como consecuencia de esas graves heridas falleció días después en el Hospital Municipal.
El veredicto y eventual sentencia estará a cargo del Juez Ernesto Juliano y se conocerá el próximo lunes a las 13,30 de manera virtual con la participación de todas las partes.