La Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) elevó los montos mínimos a partir de los cuales bancos y billeteras virtuales deberán informar los movimientos de sus clientes. La medida trata sobre el total acumulado de las acreditaciones y extracciones mensuales. Según la cartera, dependiente del ministerio de Economía, el nuevo total establecido es de $700.000.

Conforme a la Resolución N°4298, la Afip estableció a partir de este viernes 24 de mayo que los bancos deberán reportar cuando las acreditaciones y extracciones mensuales en las cajas de ahorro, cuentas corrientes, cuentas sueldo, especiales y de la seguridad social llegue a los $700.000. La última actualización fue realizada el 23 de abril de 2023, fijada en $200.000.

En otra medida, también se aumentaron los montos en el caso de los administradores de sistemas de procesamiento de pagos a través de plataformas de gestión electrónicas o digitales, y están incluidos los Proveedores de Servicios de Pago (PSP). Conocidos como billeteras virtuales. Por lo tanto, al igual que la nómina de cuentas de los clientes, deberán informar las sumas en el caso de que los ingresos o egresos totales en el mes igualen o superen los $400.000.

Por último, desde el organismo, a cargo de Florencia Misrahi, informaron: “Para ambos regímenes de información se prevé una cláusula de actualización cada seis meses sobre la base del coeficiente que surja de las variaciones del Índice de Precios al Consumidor Nivel General (IPC) que publica el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec)”.