El nuevo cronograma busca simplificar el acceso a los beneficios previstos por el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción.
Luego de que el Gobierno determinara la extensión de la cuarentena hasta el 24 de mayo, La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó por una semana los vencimientos para la presentación y el pago de las declaraciones juradas determinativas de aportes y contribuciones con destino a la seguridad social. Según explicaron desde el organismo, el nuevo cronograma busca facilitar el acceso a los beneficios previstos por el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP).
A través de las resoluciones 4.711 y 4.712 publicadas este lunes en el Boletín Oficial, el organismo detalló que las fechas para que los empleadores completen los formularios y cancelen las obligaciones serán los días 18, 19 y 20 de mayo de 2020, inclusive. Y habilitó para estos trámites las herramientas informáticas que permiten a los empleadores imputar la reducción o postergación del componente SIPA de las contribuciones patronales correspondientes al período devengado abril.
El nuevo cronograma busca facilitar el acceso a los beneficios previstos por el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción
El vencimiento general de presentación y pago de la declaración jurada determinativa de aportes y contribuciones con destino a la seguridad social correspondiente abril de 2020 se deberá realizar según el siguiente cronograma:
CUIT terminados en 0, 1, 2 y 3, el 18/05/2020
CUIT terminados en 4, 5 y 6, el 19/05/2020
CUIT terminados en 7, 8 y 9, el 20/05/2020
La AFIP dispuso, además, la posibilidad de realizar una declaración rectificativa para aquellos empleadores que ya hubiesen realizado la presentación, que tendrán tiempo para realizarlo hasta el 31 de mayo.
En abril, el Gobierno creó el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP), donde se establecieron distintos beneficios a empresas para aliviar el impacto negativo de la disminución de la actividad productiva como consecuencia de la cuarentena. Una de las medidas fue la postergación de los vencimientos para el pago de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino de los empleadores que desarrollan actividades económicamente afectadas y la reducción de hasta el 95% de las contribuciones patronales devengadas en abril de 2020.
“Para una adecuada instrumentación y compatibilización de las medidas dispuestas, se estima conveniente prorrogar el vencimiento para la presentación y pago, de la declaración jurada determinativa de aportes y contribuciones con destino a la Seguridad Social del período devengado abril de 2020”, señaló la AFIP en el texto oficial.