La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la comercialización en todo el territorio nacional del producto rotulado como “Aceite de Oliva Orgánico Extra Virgen 100% Natural Fincas El Renuevo, RNPA N° 12001607, RNE N° 12000521”, que figura a la venta tanto en la plataforma Mercado Libre como en diversos locales de alimentos saludables y regionales.
A través de la disposición 5090/2020 publicada este jueves en el Boletín Oficial, el organismo argumentó que el artículo incumplía las especificaciones del Código Alimentario Argentino en lo que respecta al perfil de ácidos grasos para aceite de oliva. “Se observa en el perfil de ácidos grasos mezcla con otro aceite vegetal”, detallaron, y consideraron que se trataba de un “alimento adulterado”.
Además, Anmat señala que “la firma no se presentó a la pericia de contraverificación” y que el envase consigna en el rótulo número de registro de producto no vigentes y número de registro de establecimiento perteneciente a otro establecimiento, “resultando ser un producto falsamente rotulado”.
“Por tratarse de productos que no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado, el INAL sugirió que no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el territorio de la República Argentina de acuerdo a lo normado por el Artículo 9° de la Ley N° 18.284”, consigna la norma.
Y remarca: “Toda vez que se trate de un producto alimenticio que carece de registro, motivo por el cual no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad, el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomienda prohibir la comercialización en todo el territorio nacional del citado alimento”.