Por medio de dos disposiciones, el organismo pidió retirar del mercado dos productos por no cumplir con las condiciones legales.
A través de las disposiciones 133/2019 y 137/2019, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la comercialización en el país de una marca de orégano y otra de leche. En el primer caso, por una proporción inadecuada de ingredientes y, en el segundo, por no cumplir las condiciones del sello “Libre de gluten”. Según el organismo, el Departamento de Vigilancia Alimentaria del Instituto Nacional de Alimentos (INAL) recibió una denuncia del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA) de San Carlos, Mendoza, por el producto “Orégano marca La Parmesana, RNPA 02- 98243, RNE N° 02-033526, fecha de vencimiento: jun 2020, lote: 18JUN28”.
ANMAT prohibió la comercialización en el país de una marca de orégano y otra de leche
Tras esto, procedió a un análisis microscópico, y determinó que la muestra estaba adulterada “conforme al artículo 6 inciso 7 del Código Alimentario Argentino (CAA), por presentar hojas de olivo y otras hojas coriáceas” en proporciones “de materia extrañas” mayores a las permitidas. El propio INAL, luego, le solicitó a la firma productora que, en un plazo de 48 horas, retire el producto de circulación en el país. Por otro lado, según informó ANMAT, la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (ASSAI) tomó acciones en relación a los siguientes productos: “Leche descremada en polvo fortificada con calcio, marca: Latte, RNPA N° 21-109142 y Leche entera en polvo fortificada con vitaminas A y D, marca: Latte, RNPA N° 21-092556, rotulados con leyenda y símbolo no oficial Sin TACC, elaborados por Industrias Sauve SA, Parque Industrial Sauce Viejo, Sauce Viejo, provincia de Santa Fe”. Los lácteos en cuestión no están inscriptos oficialmente como “Libres de gluten”, y “por lo tanto los rótulos que aseguran ser aptos para celíacos están en infracción a la Ley N° 18284, artículo 3 y Decreto N° 2126/71”. De esta manera, al igual que en el caso del orégano, ANMAT prohíbe la comercialización de los productos en el territorio nacional
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