Se trata de un producto “falsamente rotulado”, lo que no permite su identificación al no tener registros sanitarios. A partir de ahora, no se podrá comercializar en ninguna parte del país.
Anmat decidió prohibir la venta de un aceite de oliva “ilegal” que fue “falsamente rotulado”, ya que en su etiqueta no informa registros sanitarios del producto ni del establecimiento donde se elabora y no permite su identificación. Desde ahora, no se podrá comercializar en ninguna parte del país.
El producto se halla en infracción “por carecer de registros sanitarios de producto y de establecimiento, resultando ser un producto falsamente rotulado y en consecuencia ilegal“, tal como se descubrió a partir de la intervención de la Red del Sistema de Información de Vigilancia Alimentaria (SIVA) y el Instituto Nacional de Alimentos (INAL).
“Por tratarse de productos que no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado, no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el territorio de la República”, según indican las normativas.
“A fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales”, INAL recomendó a Anmat “prohibir la comercialización en todo el territorio nacional del citado alimento en cualquier presentación y fecha de vencimiento”, sugerencia que el organismo regulador llevó adelante.
Cuál es el aceite de oliva prohibido por Anmat
El producto que no cumple con la normativa alimentaria vigente se trata del “Aceite de Oliva” marca “NutriCond”, que indica en su etiqueta un contenido neto de 250 ml, consumir preferentemente antes de: 9 DIC 2022, envasado por NutriCond, PAMS “Número de expediente: en trámite, Habilitación: en trámite”.
Las medidas tomadas se deben a que cuando un producto alimenticio carece de registros, “no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad”.