A través de la Disposición 6016/2021, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió este viernes la elaboración, el fraccionamiento y la comercialización de una miel que incumplía la normativa alimentaria vigente.

Las actuaciones se iniciaron a raíz de una investigación del Departamento de Higiene de los Alimentos de la provincia de Salta luego de conocerse un caso sospechoso de botulismo asociado al consumo

La normativa prohíbe en todo el territorio nacional la venta del producto rotulado “Miel de Abeja, Establecimiento El Bandeño, RNE N° 24321211, La Banda, Industria Argentina” por no contar con registros de establecimiento y de producto y exhibir un número de RNE que no se corresponde con el artículo.

“Por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido en el territorio de la República”, remarcó Anmat.

“A fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales, toda vez que se trate de productos alimenticios que carecen de registro, motivo por el cual no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad, el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INAL recomienda prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional del citado alimento”, agregó.