El Juzgado Federal de Primera Instancia de Seguridad Social consideró que la demanda colectiva no era posible, pero habilitó a que se realicen demandas individuales.

Luego de que el gobierno de Alberto Fernández impusiera por decretos un aumento a los jubilados, la justicia rechazó la demanda colectiva que se había presentado por una supuesta “inconstitucionalidad” de la suspensión de la fórmula de movilidad jubilatoria.

 

En la demanda se exponía que el aumento sólo corrió para aquellos jubilados y jubiladas que ganaban la mínima, pero no lo hacía con el resto. Sucede que para los que perciben una jubilación por encima de la mínima, el monto significó una pérdida respecto a lo que se cobraba desde el cálculo jubilatorio anterior.

De esta forma, el Juzgado Federal de Primera Instancia de Seguridad Social Nº 9, a cargo de la jueza Silvia Saino, rechazó el amparo colectivo que había sido auspiciado por la Defensoría de la Tercera Edad.

Los defensores de la tercera edad aseguraron que apelará la resolución de la jueza y que incluso podrían recurrir por el “per saltum” a la Corte Suprema de Justicia.

El gobierno estableció este esquema solidario que favorece a los jubilados que cobran la mínima, pero al mismo tiempo afectaría a aquellos que ganan poco más de 20 mil pesos.

Sin embargo, en un contexto de crisis, el gobierno se ahorraría unos 5.100 millones de pesos mensuales.