La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de Mar del Plata hizo lugar al recurso presentado por la Municipalidad de Necochea y revocó la medida cautelar que impedía el cobro de la Tasa Solidaria por Mantenimiento Diferenciado de la Red Vial, conocida como “Tasa Portuaria”.

La decisión representa un paso importante en la defensa de los recursos municipales y de un principio que el Departamento Ejecutivo viene sosteniendo: que el costo que genera la utilización intensiva de la infraestructura vial local vinculada con la actividad portuaria no termine siendo afrontado exclusivamente por el conjunto de los vecinos.

La medida cautelar dejada sin efectos impedía al Municipio avanzar con las actuaciones vinculadas con el cumplimiento de obligaciones fiscales por parte de las terminales portuarias.

Al analizar el caso, la Cámara consideró que las empresas no habían acreditado la existencia de un daño actual, concreto e irreparable que justificara mantener la tutela cautelar.

Sobre esa base, el Tribunal hizo lugar al recurso de apelación presentado por la Municipalidad y revocó la medida cautelar.