El Gobierno nacional estableció que los supermercados deberán implementar un horario de atención al público de al menos 13 horas por día para evitar las concentraciones de los clientes. La medida es en el marco de la emergencia sanitaria por el coronavirus.
La resolución 101/2020 de la Secretaría de Comercio Interior, publicada en el Boletín Oficial, que fijó otros requisitos de cumplimiento obligatorio, en este caso no solo para supermercados sino también para supertiendas; autoservicios de productos alimenticios y no alimenticios; cadenas de negocios minoristas; organizaciones mayoristas de abastecimientos; tipificadores empacadores de productos perecederos; y centros de compras.
Para todo este conjunto de establecimientos comerciales se determinó que deberán disponer de personal específicamente destinado a controlar el acceso y evitar aglomeraciones en los locales de venta en función de la superficie de los mismos, a fin de mantener una óptima relación entre espacio y asistentes.
También tendrán que señalizar los lugares de espera, de manera de mantener una distancia de un metro y medio entre cliente y cliente, sea tanto en línea de caja o donde los consumidores deban formar fila de espera para ser atendidos.