Los monotributistas que cumplan con las condiciones para estar alcanzados por el beneficio de una bonificación en el pago del aporte de septiembre no deberán hacer ningún trámite especial para poder acceder, salvo estar al día en el pago de las cuotas anteriores. Eso será así, incluso en los casos en los que se cumple con la obligación utilizando la modalidad de débito automático desde una cuenta bancaria.

En los próximos días, esos contribuyentes recibirán un mensaje en la casilla electrónica a la cual se accede tras ingresar con la clave fiscal en la página web del organismo recaudador. Y el pago de la parte de la mensualidad no alcanzada por la bonificación (es decir, los aportes que se destinan al sistema jubilatorio y a la obra social) podrá hacerse a partir del viernes 6 de septiembre.

Tal como se estableció en el decreto 561, el mes próximo no se pagará el componente impositivo del aporte mensual previsto en este régimen. La medida es una de las anunciadas por el Gobierno con impacto en los ingresos de bolsillo, para intentar dar alivio frente a la baja del poder adquisitivo causada por la inflación, que se aceleró tras la fuerte devaluación del peso posterior a las PASO.

Como condición para estar alcanzado por esta medida, se estableció que el contribuyente adherido al régimen simplificado debe haber pagado todas las cuotas correspondientes al período enero a agosto de este año, hasta el día 21 de este mes.

Según aclararon en la AFIP, el hecho de haber realizado pagos fuera de término no es motivo para que alguien quede excluido del beneficio. Incluso se considerará cumplido el requisito si las obligaciones no fueron abonadas a término pero están ahora incluidas en un plan de facilidades de pago.

Para quienes deban abonar solo el aporte previsional, las modalidades serán las habituales. Hay determinados grupos de contribuyentes excluidos de esa obligación, por ejemplo porque, además de monotributistas, son asalariados y ya tienen descuentos para el financiamiento de la seguridad social.