La Cámara Nacional Electoral (CNE) publicó ayer el padrón definitivo que se utilizará tanto para las PASO del 11 de agosto como para las elecciones generales del 27 de octubre. Millones de argentinos ya realizaron la consulta para conocer dónde deberán votar este año.

En algunos casos, como ocurre en cada año eleccionario, los datos personales aparecen con errores u omisiones en el nombre, el DNI o el circuito electoral, entre otros. Sin embargo, para poder votar correctamente, se requiere figurar debidamente en el padrón, por lo que ante eventuales errores deberá hacerse el reclamo pertinente a través de cualquiera de los medios disponibles.

La Cámara Nacional Electoral cuenta en primera instancia con un “Portal de Denuncias”, que se encuentra habilitado en el sitio webhttp://denuncias.electoral.gov.ar. Si bien el nombre invita a canalizar los reclamos por esta vía, ese portal en realidad funciona para realizar denuncias relacionadas con infracciones a las normas que regulan los plazos y prohibiciones previstos para el período previo al de la campaña electoral, el de la campaña electoral en sí misma y la difusión de encuestas y sondeos de opinión.

Los reclamos vinculados a la situación personal en el padrón por errores u omisiones deben canalizarse a través de la Oficina de Reclamos y Consultas de la Cámara Nacional Electoral.

Dicha oficina puede ser contactada por teléfono (011) 4370- 2506/ 0800-999-7237, por correo electrónico (reclamos.padron@pjn.gov.ar) o personalmente en la Secretaría Electoral correspondiente al distrito. Para la provincia de Buenos Aires, funciona en Leandro N. Alem 232(La Plata).

Cabe aclarar que, por disposición legal, la Cámara Nacional Electoral excluye del padrón definitivo (y por ese motivo no aparecerán directamente en éste) a los dementes declarados tales en juicio; los condenados por delitos dolosos a pena privativa de la libertad y, por sentencia ejecutoriada, por el término de la condena; los condenados por las faltas previstas en las leyes nacionales y provinciales de juegos prohibidos, por el término de tres años; en el caso de la reincidencia, por seis; los sancionados por la infracción de deserción calificada, por el doble de término de la duración de la sanción; los declarados rebeldes en causa penal, hasta que cese la rebeldía o se opere la prescripción; Los inhabilitados según las disposiciones de la Ley Orgánica de Partidos Políticos; y los que en virtud de otras prescripciones legales y reglamentarias sean inhabilitados para el ejercicio de los derechos políticos.

En el caso de los jóvenes de 16 años, algunos podrían no aparecer en el padrón. La respuesta oficial de la Cámara Nacional Electoral en ese sentido es que se debe a la falta de actualización de los datos identificatorios obligatoria a partir de los 14 años antes del 30 de abril de 2019, fecha de cierre del padrón provisorio, o porque la información no fue remitida por el Registro Nacional de las Personas a la Cámara Nacional Electoral para su inclusión.

Si la persona hubiese efectuado la actualización de su documento de identidad a los 14 años (anteriormente prevista a partir de los 16 años), podrá reclamar a la justicia nacional electoral su inclusión en el padrón, en los plazos que establece el Código Electoral Nacional.

En el sitio www.padron.gob.ar los ciudadanos en condiciones de votar podrán consultar los datos del lugar y la mesa de votación previstos para los dos comicios.