Los trabajadores del distrito que hayan sufrido la pérdida de su empleo sin justa causa ya pueden gestionar la Prestación por Desempleo ante la Anses. La asistencia económica contempla el cobro de hasta 12 cuotas mensuales, el mantenimiento de las asignaciones familiares y un beneficio exclusivo que suma seis meses adicionales de cobertura para los vecinos mayores de 45 años.
Quiénes pueden acceder y aportes mínimos
El programa está destinado a empleados en relación de dependencia despedidos sin justa causa o por finalización de contrato. La exigencia de aportes varía según la modalidad laboral:
- Trabajadores permanentes: Deben acreditar al menos 6 meses de trabajo con aportes dentro de los últimos 3 años previos al despido.
- Trabajadores eventuales o de temporada: Tienen que haber trabajado menos de 12 meses en los últimos 3 años y sumar más de 90 días de actividad en el año previo al cese laboral.
La duración de la prestación oscila entre 2 y 12 cuotas mensuales según el historial crediticio de aportes y el nivel salarial cobrado. Para los beneficiarios mayores de 45 años, el beneficio se extiende automáticamente por 6 meses extra.
Cobro de asignaciones compatibles
Acceder a este respaldo temporal no interrumpe el cobro de asignaciones familiares. Quienes cobren la prestación mantendrán la liquidación de:
- Asignación por Prenatal, Nacimiento o Adopción.
- Asignación por Matrimonio y Ayuda Escolar Anual.
- Asignaciones vinculadas a hijos a cargo.
Los pagos se acreditan directamente en la cuenta bancaria donde el titular percibe otros beneficios o en una Caja de Ahorro de la Seguridad Social que la Anses tramita de forma gratuita en el banco correspondiente.
Documentación requerida según el caso
Para iniciar la solicitud es indispensable presentar DNI (original y copia) y el comprobante que acredite la causa de desvinculación:
- Despido sin justa causa: Telegrama de despido, carta documento o nota oficial de la empresa con firma certificada.
- Quiebra o concurso del empleador: Certificación del síndico, sentencia judicial o telegrama correspondiente.
- Fin de contrato a plazo fijo: Copia del contrato vencido no renovado.
- Despido con justa causa invocada por el trabajador: Telegramas de intimación y desvinculación.
- Fallecimiento del empleador: Acta de defunción certificada.
- Enfermedad o accidente al momento del cese: Certificado médico de aptitud laboral compatible.
Cómo tramitar el beneficio en el distrito
El trámite debe iniciarse dentro de los 90 días hábiles posteriores al cese de la relación laboral mediante dos vías:
- Modalidad Virtual: A través de la Atención Virtual de Anses ingresando con CUIL y Clave de la Seguridad Social desde el sitio web oficial.
- Modalidad Presencial: Solicitando turno previo en la UDAI Necochea (calle 62 Nº 3130) con toda la documentación física correspondiente.