La justicia penal de nuestra ciudad resolvió el sobreseimiento de Carlos María Canale, quien era acusado de “Tenencia de representaciones sexuales de menores de 18 años con fines de distribución o comercialización”, y “Facilitación de representaciones de menores de 18 años de edad dedicados a actividades sexuales”.
Esto según los hechos acaecidos entre el 27 de noviembre de 2020 y el 9 de Junio de 2021.
La jueza Aida Lhez hizo lugar a la solicitud del abogado defensor de Canale, Juan Pablo Roselló, por considerar que, habiendo realizado el Ministerio Público Fiscal diversas diligencias de investigación, no existen elementos probatorios para tener acreditado en grado de posibilidad, su participación en los hechos imputados.
Oportunamente, el agente fiscal interviniente, Marcos Bendersky, también se había expresado en forma favorable al pedido de la defensa.
A raíz de esto la jueza Aída Lhez consideró que no existen elementos suficientes para sostener, con el grado de probabilidad requerido para el avance del proceso, que Canale haya participado en el hecho investigado.
Además valoró que tanto la defensa como el agente fiscal aludieron a que las pericias practicadas sobre los aparatos y dispositivos electrónicos secuestrados en el domicilio del imputado por parte de la División de Comunicaciones de la Policía Federal, tuvieron resultados negativos.