El gobierno nacional avanza sobre las cooperativas eléctricas de la provincia de Buenos Aires, advierte el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos bonaerense. A partir de la decisión nacional de prohibir que las distribuidoras y cooperativas eléctricas incluyan tasas o conceptos ajenos en la facturación del servicio público de distribución de energía eléctrica, “el escenario de las pequeñas distribuidoras municipales corre peligro”.
La Resolución 267/2024 de la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía de la Nación, publicada en el Boletín Oficial en septiembre, “no solo pretende avasallar competencias provinciales propias, sino que además perjudica directamente a las cooperativas eléctricas más pequeñas que cumplen un rol social fundamental en localidades bonaerenses”.
Según explica el Ministerio de Infraestructura de la provincia, el marco regulatorio que rige en el ámbito bonaerense, prevé la posibilidad de incluir conceptos ajenos en la facturación del servicio eléctrico. “La factura, como documento, configura un instrumento para otorgar operatividad al derecho de los usuarios, y les provee directamente información adecuada y veraz no solamente sobre su modalidad de consumo, sino también sobre sus derechos y obligaciones relacionados con el servicio público de electricidad”.
Pero a su vez, la provincia ha dictado diversas normas reglamentarias y complementarias a los fines de su implementación. “Es por ello que la resolución nacional no resulta de aplicación directa”, y cita el artículo 25 de la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor: “Los servicios públicos domiciliarios con legislación específica y cuya actuación sea controlada por los organismos que ella contempla serán regidos por esas normas y por la presente ley. En caso de duda sobre la normativa aplicable, resultará la más favorable para el consumidor”.