La justicia falló a favor de la Asociación para la Conservación del Parque Miguel Lillo en su demanda por la instalación de un complejo de canchas de tenis en el predio del club Villa Díaz Vélez en el parque Miguel Lillo.
La petición judicial solicitaba la anulación de la Ordenanza Nº 10.556/2021 y del decreto Nª 2589/2021 que permitía la concesión de un sector del vivero municipal para un complejo deportivo a la Escuela de Deportes del Club Villa Díaz Vélez
El amparo fue aceptado como amparo ambiental y al hacer lugar y analizar la cuestión de fondo se prioriza la imprescindible necesidad de “participación ciudadana” en las cuestiones donde el “ambiente natural o urbano es afectado”.
Por lo cual desde el grupo “EL Parque no se vende” sostuvieron que “la participación ciudadana es la condición de validez del procedimiento ambiental y no una mera formalidad tal como intentó argumentar el Municipio al que acusa la Cámara de desconocer principios básicos del procedimiento de “Evaluación de Impacto Ambiental”.
Vale recordar que el 10 de diciembre de 2021 se dictó la medida cautelar de suspensión de obras que llevaba adelante la citada institución deportiva.