En el marco de la causa que investiga la muerte de Daniel Ávalos, la Jueza de Garantías, Aída Lhez, resolvió el cese de la prisión domiciliaria para Julián Rodríguez (36). El hombre estaba imputado por haber disparado contra Ávalos durante lo que se presume fue un intento de robo en su vivienda el pasado año.
1. Los fundamentos de la Jueza Lhez
La magistrada basó su decisión en principios fundamentales del derecho penal argentino, priorizando la libertad durante el proceso mientras no existan riesgos que lo impidan:
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Ausencia de Peligro Procesal: La jueza determinó que no existe peligro de fuga ni riesgo de que el imputado pueda entorpecer la investigación (borrar pruebas o amenazar testigos).
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Arraigo y Antecedentes: Se valoró que Rodríguez posee domicilio fijo en Necochea (arraigo) y que no cuenta con antecedentes penales previos al hecho.
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Principio de Inocencia: La resolución subraya que la prisión preventiva es una medida excepcional y no una pena anticipada.
2. La calificación legal: El debate que viene
Aunque Rodríguez recuperó la libertad, sigue vinculado al proceso bajo una calificación técnica compleja que será el eje del futuro juicio oral:
Imputación actual: “Homicidio agravado por el uso de arma de fuego, en concurso real con la tenencia ilegal de arma de guerra”.
La investigación, que continúa en etapa de instrucción penal preparatoria, deberá determinar si el imputado actuó bajo alguna de estas tres figuras:
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Legítima defensa: Si el disparo fue la única forma de repeler una agresión ilegal e inminente.
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Exceso en la legítima defensa: Si la reacción fue desproporcionada respecto a la amenaza.
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Homicidio simple: Si no se logran probar los atenuantes de la defensa propia.