La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dispuso la prohibición del uso, comercialización y distribución de lavandinas, cosméticos, productos para el cuidado de automóviles y un concentrador de oxígeno, al detectar incumplimientos en la normativa sanitaria vigente.

La decisión fue oficializada este martes a través de distintas resoluciones publicadas en el Boletín Oficial, luego de inspecciones y verificaciones realizadas por el organismo de control.

En uno de los casos, la ANMAT ordenó retirar del mercado el producto “Agua Lavandina Común Val Chemical”, elaborado por la Compañía de Poliproductos Baigó, tras constatar que no se encontraba registrado ante el organismo. La empresa cuenta con habilitación nacional para el rubro domisanitario, pero el producto específico carecía de inscripción obligatoria.

La medida también alcanzó a productos de limpieza y acabado de superficies destinados a automóviles y motocicletas de las marcas Restorer, Bully Industry, Fenix, Impactto, Marchand Car Care, Solimo Detailing Products y Sedanil, por irregularidades en su registro. Del listado quedó exceptuada la silicona aromatizada de la marca Fenix, único producto que contaba con autorización vigente.

En el rubro cosmético, se prohibió la comercialización de la línea “LG – La Gefa Cosmética VIP”, al verificarse que los productos no consignaban inscripción sanitaria en su rotulado. La disposición incluye serums, shampoos, máscaras capilares, tónicos de crecimiento, productos con biotina, alisados y plex moleculares.

Por último, la ANMAT retiró de circulación el concentrador de oxígeno marca Respironics, modelo EverFLO, al no cumplir con los requisitos exigidos para su comercialización como producto médico en el país.