La iniciativa crea la Agencia y el Registro Provincial de Cannabis. Se busca regular la investigación, la producción, la comercialización y la industrialización de dicha sustancia para uso medicinal.

La ministra de Gobierno, María Teresa García junto al Ministro de Salud, Daniel Gollan presentaron el proyecto de Ley que crea la Agencia y el Registro Provincial de Cannabis. Con esta iniciativa, la provincia de Buenos Aires busca regular la investigación, producción, comercialización e industrialización del cannabis para uso medicinal.

“Este proyecto de Ley nos permite avanzar sobre la definición de una política pública integral sobre la temática del cannabis desde la investigación, la producción, la comercialización, la autoproducción y la industrialización. Llegamos a este gobierno con el mandato del Gobernador Kicillof de ordenar el territorio en todos los sentidos y la creación de la Agencia del Cannabis busca convertirse en el espacio donde converjan todas esas problemáticas”, señaló la Ministra García en el marco de la exposición.

Durante la presentación el ministro Gollan señaló: “Lo más importante es crear un organismo que sea capaz de ordenar a los actores, la investigación, la industrialización y las potencialidades que vayan surgiendo”. Así también adelantó que esta ley “nos da un marco jurídico para llevar adelante esta tarea y es muy importante porque el cannabis tiene capacidad de mejorar la vida de las personas”.

En el encuentro que se realizó en la Cámara de Diputados, estuvieron presentes la Presidenta de la Comisión de Salud, diputada María Laura Ramírez, el Presidente de la Comisión de Presupuesto, diputado Juan Pablo De Jesús, la Presidenta de Comisión de Asuntos Constitucionales Susana González, el Presidente de la Comisión de Legislación General Mario Giaccobe. También participaron vía remota los miembros de estas comisiones. Moderó la reunión, el Vicepresidente II de la Cámara de Diputados Rubén Eslaiman.

QUÉ DICE EL PROYECTO

El Ejecutivo provincial envió a la Legislatura un proyecto que modifica la Ley 14.924 y ratifica la adhesión a la Ley nacional 27.350 creando el marco regulatorio para la investigación científica y el uso medicinal del cannabis Sativa y sus derivados. Crea un Registro Provincial de Cannabis para la inscripción voluntaria de las personas que requieran asistencia del Estado para la obtención de los productos indicados por prescripción médica. Además, establece la obligatoriedad de la inscripción y posterior habilitación de personas humanas y jurídicas que pretendan producir, investigar, comercializar productos cannábicos medicinales en territorio bonaerense.

El proyecto de Ley del Ejecutivo provincial crea la Agencia Provincial del Cannabis (APC) como entidad autárquica que mantendrá sus relaciones con el Poder Ejecutivo Provincial a través del Ministerio de Gobierno.

La APC será autoridad de aplicación y regulará, gestionará y controlará las autorizaciones, convenios y habilitaciones con entidades y organizaciones que estén interesadas en desarrollar, promocionar, cultiva, investigar, producir, comercializar, industrializar, importar y exportar la planta y derivados.

La Agencia será responsable de la autorización, certificación, habilitación, control, fiscalización y asistencia a los cultivos autorizados y que cumplan con condiciones específicas. También impulsará programas y desarrollos provinciales de investigación, producción e industrialización.

Asimismo, la Agencia Provincial de Cannabis deberá desarrollar programas de capacitación y formación para el personal de la Salud y Educación sobre el cannabis y su utilización terapéutica.

El proyecto de Ley creará bajo la órbita de la APC el Registro Provincial de Cannabis que deberá posibilitar la trazabilidad de los insumos, cultivos y derivados del cannabis que utilicen personas inscriptas en el Registro.

Las personas que necesiten del cannabis y sus derivados para tratamientos médicos podrán inscribirse voluntariamente en el Registro *. Mientras que quienes pretendan acceder al cannabis a través del *autocultivo deberán registrarse obligatoriamente. El autocultivo será autorizado siempre que cumpla con las disposiciones que la Agencia defina para la actividad.

Podrán cultivar y producir particulares o municipios interesados. La producción, y control de Cannabis y sus derivados serán de laboratorios públicos y privados y universidades y/o establecimientos productivos e industriales inscriptos y autorizados por el Registro Provincial.

El proyecto autoriza en el ámbito provincial la prescripción del aceite de cannabis o sus derivados para tratamiento médico en todo el sistema de salud provincial. Su uso deberá contar con la respectiva prescripción médica para tratamiento específico, y se podrá obtener exclusivamente a través de farmacias habilitadas conforme Ley 10.606. La ley también propicia la investigación y desarrollo para la medicina veterinaria .

Crea el “Programa de Cultivo Solidario” con participación de las Organizaciones de la Sociedad Civil que quieran participar para asistir y capacitar a los pacientes que cuenten con autorización para cultivar.

La iniciativa también crea un Consejo Asesor Honorario integrado por representantes de los Ministerios de Salud, de Seguridad , de Producción, de Desarrollo Agrario, Justicia y DDHH y de Hacienda y Finanzas.

La Agencia será financiada será con aportes del Tesoro Provincial, donaciones, ingresos relacionados por comercialización y distribución de semillas o productos.