Esta medida viene acompañada de un embargo millonario debido a deudas impagas por servicios de pilotaje en el Puerto de Rosario y en el Río de La Plata.
El procedimiento ejecutado consistió en un embargo civil e interdicto de navegación sobre el buque extranjero, impidiéndole abandonar la terminal marítima local hasta que se cumpla con el pago de la deuda.
Este embargo preventivo se fundamenta en un expediente civil conocido como “interdicto judicial de prohibición de salida al mar”, lo que significa que el barco no podrá zarpar hasta que se resuelvan sus obligaciones económicas por los servicios previamente recibidos en otra terminal. Una fuente consultada confirmó que este derecho es una herramienta legal clave dentro del sistema crediticio naval, diseñada para proteger los intereses del acreedor.
Según informó Puertos Bonaerenses, la decisión fue tomada en aplicación de las disposiciones de la Ley de Navegación. La normativa vigente otorga un derecho especial de cobro en casos donde una embarcación que no ha saldado sus cuentas en años anteriores regresa a un puerto argentino.
En el contexto del comercio marítimo, si bien este procedimiento no difiere sustancialmente del proceso legal común, la actividad náutica ha establecido un sistema ágil y dinámico para la gestión del crédito y su garantía, adaptando los requisitos exigidos por la ley ordinaria.
Esta flexibilidad en la normativa facilita la protección cautelar y ofrece incentivos para la concesión de créditos, sin dejar de ser suficientemente restrictiva para evitar que se convierta en una barrera para la práctica del comercio marítimo.
La medida cautelar tiene como principal objetivo prevenir que los derechos del solicitante se vuelvan ilusorios, buscando evitar la frustración de derechos de las partes y garantizando que cualquier fallo judicial que resuelva la disputa sea efectivo y no resulte en vano.
El buque permanecerá en el Puerto de Quequén hasta que sus responsables regularicen la situación económica, lo que asegura el cumplimiento de las normativas y la protección de los derechos de los acreedores.
Fuente: globalports