Tras un largo derrotero judicial, la Suprema Corte provincial de Justicia avaló la denominada tasa portuario que se había implementado en nuestra ciudad entre 2015 y 2017.

De esta manera la justicia habilitó el cobro de dicha tasa por el momento en el que estuvo vigente.
El aporte lo deberían realizar las exportadoras de cereal que operan en nuestra estación marítima.

La historia

Vale recordar que el 17 de febrero de 2015, el Concejo Deliberante aprobaba la tasa portuaria, «tasa única por mantenimiento extraordinario de las arterias viales urbanas» contemplada en la ordenanza fiscal e impositiva. La misma establecía que, por cada tonelada exportada, por puerto Quequén, el Estado municipal obtendría un ingreso.

En aquella oportunidad se indicaba que las exportadoras que abonarían 33 centavos por cada dólar exportado según el tonelaje de la carta de porte, aclarándose que no era con cargo al transportista.

El 8 de agosto de 2017 se intimó a 36 empresas a pagar por entonces 81 millones de pesos, cifra basada en el volumen de toneladas operadas en Puerto Quequén durante el año 2016 y los meses de 2017.

El 29 de diciembre de 2017 fue derogada por una mayoría de trece votos.

El período 2015-2017 pasó a la Justicia, ante una medida cautelar presentada por el sector exportador, la cual fue resuelta hace unos días por la Suprema Corte.