Este lunes empieza en la Corte bonaerense el jury de enjuiciamiento a los jueces que participaron del primer juicio por el femicidio de Lucía Pérez, la adolescente de 16 años que fue asesinada el 9 de octubre de 2016 en Mar del Plata.
Se trata de los magistrados Facundo Gómez Urso y Pablo Viñas, quienes encabezaron el debate que en 2018 absolvió a los dos principales acusados del caso, que en un segundo juicio finalmente fueron condenados a perpetua.
Horas antes del inicio del jury, distintas entidades que nuclean a funcionarios judiciales expresaron su rechazo al avance del proceso. En este sentido, desde el Colegio de Magistrados afirmaron que “atenta contra la independencia de los jueces” y desde la Red de Jueces Penales plantearon su “inquietud y malestar ” y pidieron “ecuanimidad del tribunal juzgador”, indicó el portal Qué Digital.
Pablo Viñas y Facundo Gómez Urso llegan suspendidos de sus cargos desde hace tres años e imputados por presunto mal desempeño al jury que se llevará a cabo desde hoy en el anexo del Senado bonaerense, ubicado en calles 7 y 49 de la ciudad de La Plata.
En principio, se preven tres audiencias y el jurado estará integrado por el titular de la Corte Suprema bonaerense, Daniel Soria, que estará a cargo del debate, y habrá cinco legisladores: las diputadas Maite Alvado y Susana González, y los senadores Ariel Martínez Bordaisco, Gustavo Soos, Gabriela Demaría.
Ambos jueces fueron acusados por la Defensoría del Pueblo de la provincia de Buenos Aires, la Procuración General bonaerense y la Comisión Bicameral de la Legislatura. En tanto, el tercer juez que formó parte del juicio en 2018, Aldo Carnevale, no forma parte teniendo en cuenta que se jubiló antes del inicio del proceso.
El femicidio de Lucía Pérez
Los hechos ocurrieron el 9 de octubre de 2016, cuando Juan Pablo Offidani y Matías Gabriel Farías, acusados de narcotráfico, llevaron a Lucía Pérez hasta una casa en Mar del Plata. En ese lugar, la drogaron y abusaron de ella hasta matarla.
En noviembre de 2018, el Tribunal Criminal número uno de Mar del Plata condenó a Farías y a Offidani por “tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravado por ser en perjuicio de menores de edad y en inmediaciones de un establecimiento educativo”.
Pero los absolvió por el delito de abuso sexual y ni siquiera contempló la posibilidad del femicidio mientras que el fallo consideró que “la acusación no pudo probar que hubiera existido” la agresión sexual.
Sin embargo, la Sala Cuarta del Tribunal de Casación Penal bonaerense resolvió el 12 de agosto de 2020 anular la sentencia por su falta de perspectiva de género y ordenó “la realización de un nuevo juicio y el dictado de un nuevo fallo”.
En este sentido, el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) número dos de Mar del Plata condenó a la pena de prisión perpetua a Matías Farías, uno de los acusados por el femicidio y a ocho años de cárcel a Juan Pablo Offidani.
Los jueces Gustavo Fissore, Roberto Falcone y Alexis Simaz del TOC 2 de sentenciaron a Farías por considerarlo autor del crimen de la joven de 16 años, mientras que a Offidani lo consideraron partícipe secundario.
Farías fue encontrado culpable del delito de “abuso sexual con acceso carnal agravado por resultar la muerte de la persona ofendida y por el suministro de sustancias estupefacientes en concurso ideal con femicidio” en calidad de autor.
Con respecto a Offidani, de 48 años, lo condenaron por ser partícipe secundario por “abuso sexual con acceso carnal agravado por resultar la muerte de la persona ofendida y por el suministro de sustancias estupefacientes”.
Fuente: TN